Micelio
Auto22 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Victor Ortiz·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencias suscitados entre el Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá y el Juzgado Octavo Administrativo de Oralidad del Circuito de la misma ciudad.

Concluye la Corte que, por tratarse de una controversia en torno a las reglas de reparto, la autoridad competente para resolver la acción de tutela formulada es aquella a quien se repartió en un primero momento, esto es, Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá.

Se dispone enviar el expediente a dicho despacho, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 25 de abril de 2017 proferido por el Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá D.C., dentro del proceso de tutela de la referencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3224 al Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá, el cual contiene la acción de tutela presentada por Víctor Ortiz, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR al accionante y al Juzgado
  4. Octavo. Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá -Sección Segunda-, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.